Luther King

Área de El Fogón de las Culturas dedicada los Derechos Sociales.

Asociación: El Fogón de las Culturas®

Ubicación : Andalucia, Spain

Derecho Infantil

Un niño nunca debe empuñar un armaNo hay nada más penoso y
vergonzoso a la humanidad que ver a
un niño privado de sus Derechos.
En muchas ocasiones son los niños violados en sus derechos y de manera más grave en algunas regiones del mundo. El conocimiento de la siguiente convención debe ser responsabilidad de todos los hombres y mujeres del mundo, somos todos responsables de salvaguardar el respeto de sus postulados y en favor de nuestros niños.
El 20 de noviembre de 1989 se aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño, más de 191 países la han ratificado. El 2 de septiembre de 1990 entró en vigor en conformidad a su artículo 49.
Celebrándose el día 12 de junio el Día Mundial contra el trabajo infantil, entregamos aquí la Convención sobre los Derechos del Niño, texto íntegro.

Derecho Laboral

El Fogón de las Culturas en su área Derechos Sociales tendrá este espacio para el trabajador, aquí informaremos y recogeremos opiniones de trabajadores que puedan ejemplificar y aclarar cuestiones relacionadas con el Derecho Laboral. Queda abierto para ustedes.
Sobre Derecho Laboral nos proponemos explicar algunos puntos que el empleado debe conocer para así exigir el respeto a sus derechos. En ocasiones estos temas se presentan complicados de entender para el trabajador que, por tanto, se verá obligado a acudir a un especialista o licenciado en derecho.

Sobre los despidos:
El despido laboral pude ser una de las cuestiones más penosas que un trabajador llega a sufrir, hoy en día es algo realmente generalizado con sus consecuencias de stress y angustia que se agravan por el desconocimiento de cuales son sus derechos. Algunos puntos a saber.
Con ciertas diferencias de un país a otro, los despidos tienen sus clasificaciones:
Serian así: Si la empresa puede probar la extinción del contrato por motivos económicos, organizativos, ineptitud del trabajador, etc. estaríamos en el caso de un despido objetivo . En este caso el despido debe ser comunicado al trabajador por escrito, con 30 días de antelación.
Si la razón del despido se debe a faltas del empleado como inasistencias injustificadas, repetida impuntualidad, indisciplinas, obras de mala fe, descenso intencional del rendimiento, etc, el empleado puede obtener un despido disciplinario que la empresa debe comunicar por escrito.

Despido improcedente: Se clasifica así en el caso que los motivos que justificarían el despido no están probados debidamente. El trabajador debe realizar el reclamo pertinente pudiéndose llegar a readmitir al trabajador o en su defecto establecerse una indemnización estipulada por ley.
Despido procedente: La empresa para extinguir el contrato se basa en cuestiones ciertas y puede probarlas. No hay indemnización salvo en caso de un despido objetivo (procedente y objetivo) donde el empleado podría recibir una indemnización.
Despido nulo: En el caso de violación de derechos fundamentales y libertades públicas, dictaminado por un juez. El trabajador debe ser reincorporado y recibir las pagas de los salarios que no percibió.
(continuará)

Inmigración. Una compleja realidad.

La inmigración despierta pensamientos y situaciones muy complejas. Alrededor del vasto trasiego de personas que hoy en día se produce se pronuncian frases que han de llevar a la reflexión y a la búsqueda de soluciones que resuelvan las derivaciones de esta realidad.

“La inmigración es el primer problema que manifiesta la población española…”, “…el fenómeno de la inmigración se le ha ido de las manos a todo el continente europeo…”, “…el crecimiento del Producto Interior Bruto de gran parte de los países europeos se debe a la inmigración…”, “…los inmigrantes quitan el trabajo a los españoles…”, Estas son sólo algunas de las frases, propias de los medios de comunicación y de charlas de café, que sin lugar a dudas generan la pérdida de todo punto de vista y exime de la debida responsabilidad frente al fenómeno.

Decantarse por estar a favor de la inmigración o en contra no lleva a ninguna parte. De hecho emigrar es un
derecho inalienable del hombre.
La convivencia entre diferentes culturas que se movilizan hoy dentro de un mundo globalizado es el resultado poco previsto por los países que están más involucrados en esta realidad y sus poblaciones. La vida del inmigrante junto al autóctono y viceversa no puede quedarse en meros números estadísticos. Lo importante llega después en la Interculturalidad. ¿Quién resuelve esto?

La llegada del extranjero, en principio, provoca interrogantes de ambos lados, produce miradas más o menos discriminatorias, de miedo y algunas suspicacias. Se hace necesario con urgencia empezar a asumir que el movimiento humano internacional es una realidad, que requiere de un trabajo masivo de educación en valores y sensibilización, para que se de una consecuente y necesaria comprensión de este hecho y con esto ocurra lo mas importante, la integración y aceptación real del inmigrante por parte del autóctono y el amoldamiento positivo a su nuevo lugar por parte del inmigrante.